Expediente T-5331547 Fecha sentencia 2017-02-15 Sentencia A. 060/17 Tema: Solicitud de nulidad contra la sentencia T-301/16. La Procuradora General de la Nación alegó como causal de nulidad la violación del debido proceso por desconocimiento de la entidad como sujeto procesal. La Corte recuerda que existe un término para la formulación de la solicitud de nulidad que culmina con la ejecutoria de la providencia, es decir, transcurridos tres días desde la notificación de la decisión a las partes del proceso de tutela. Reitera lo preceptuado en el auto 038/12, respecto a que “la solicitud de nulidad proveniente de la Procuraduría será extemporánea, aunque la notificación por conducta concluyente demuestre que esta entidad conoció del fallo de revisión con posterioridad”. Con base en lo anterior, se rechazar por IMPROCEDENTE la nulidad formulada por el Ministerio Público. |
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